TRATADO
DE LIBRE COMERCIO CHILE-CANADÁ
ACUERDO LABORAL
Contexto
El
TLC esta basado en el NAFTA. Entonces, es muy similar en la forma en que
trata los temas laborales.
Los
estándares laborales son un tema sensible en los acuerdos de libre
comercio ya que una de las partes podría potencialmente usar estándares
poco efectivos o ser negligentes en la aplicacion de la ley como una forma
de atraer inversiones y bajar los costos en los que incurren los productores
dentro del país.
El
Acuerdo de Cooperación laboral entre Chile y Canadá es un
Acuerdo paralelo al TLC y que incluye disposiciones similares al acuerdo
laboral que acompaña al NAFTA. Este último llamado el Acuerdo
de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN)
¿Que
contiene el Acuerdo paralelo?
El
Acuerdo de Cooperacion Laboral entre Chile y Canadá tiene la intencion
de llevar a cabo el compromiso de mejorar las condiciones de trabajo y
los estándares de vida en ambos paises y proteger, potenciar y hacer
cumplir los derechos básicos de trabajadores. Fortalece, con ello,
la cooperación en temas laborales entre los gobiernos y ciudadanos
de ambos países.
Cada
país se compromete a hacer cumplir sus leyes laborales en forma
efectiva. El Acuerdo tambien compromete a los dos socios a trabajar hacia
estándares laborales efectivos en once areas específicas:
-
Libertad de asociación
y derecho a organizarse;
-
El derecho a la negociación
colectiva;
-
Derecho a huelga;
-
Prohibición de trabajo
forzado;
-
Protección laboral para
niños y jóvenes;
-
Estandares minimos de empleo;
-
Eliminación de la discriminación
en el empleo;
-
Igual salario para hombres y
mujeres;
-
Prevención de lesiones
y enfermedades ocupacionales;
-
Compensación en caso
de lesiones y enfermedades ocupacionales; y
-
Protección a los trabajadores
inmigrantes.
El
Acuerdo se aplica a trabajadores bajo jurisdicción federal (caso
Canadá) y se aplicaraá a trabajadores bajoj urisdiccion regional
cuando sus gobiernos acuerden incorporarse al Acuerdo.
Implementacion
-
El Acuerdo establece una Comisión
para la Cooperación Laboral que consiste en un Consejo Ministerial
bilateral apoyado por un Secretariado Nacional en cada país. El
Consejo esta compuesto por representantes a nivel ministerial en cada país
y supervisa la implementación del Acuerdo. El Consejo puede pedir
la preparación periódica de reportes y estudios sobre las
leyes y mercados laborales.
-
El Acuerdo esta pensado como
un puente para el acceso de Chile al (ACLAN). Por ello, las funciones de
Secretariado Conjunto establecidas bajo el ACLAN son asumidas en este caso
por cada país en forma independiente.
-
Cada Secretariado Nacional es
responsable de asegurar la participación de sus propios ciudadanos
en las actividades de la Comisión. Cada Secretariado responderá
a las solicitudes publicas de información, su transmisión
a la contraparte,y preparara reportes y estudios. Ayudará a los
grupos de trabajo y comites a establecer el Consejo y recibir comunicaciones
publicas respecto a temas laborales.
-
En Acuerdo con empresarios y
trabajadores, se establecerá un programa de trabajo en cooperación
que asistirá a los dos gobiernos para emprender la colaboración
en temas laborales. Esto involucra estudios, el desarrollo de datos comparables,
compartir información, y otras formas de cooperacion práctica.
-
Las consultas Gobierno-a-Gobierno
pueden tener lugar en distintas etapas para resolver problemas relacionados
a la aplicacion de las leyes laborales. Las áreas cubiertas por
el Acuerdo incluyen relaciones industriales, seguridad y salud ocupacional,
y estándares de empleo.
-
Luego que los funcionarios apropiados
realicen intercambios de datos, los Ministros discutirán respecto
a los problemas y realizarán todo intento de llegar a una resolucion
mutuamente satisfactoria de cualquier problema que surja bajo el Acuerdo.
-
Los Ministros pueden pedir una
evaluación comparativa realizada por expertos independientes respecto
a los patrones de aplicación de las leyes en areas de seguridad
y salud profesional, asi corno tambien en otros estandares laborales.
-
Si un Consejo es incapaz de
resolver una disputa laboral que afecte al comercio y relacionada a la
aplicación de las leyes de seguridad y salud, trabajo infantil y
salario minimo, puede solicitar un panel de arbitraje. El panel investigará
y hara públicos los resultados. El foco de escrutinio público
estara concentrado en un país si es que este no es capaz de cumplir
sus obligaciones.
-
Un panel de arbitraje puede
descubrir que una de las parte del Acuerdo falla consistentemente en la
imposición efectiva de sus leyes laborales. Si se detecta esta anomalía,
y si la parte no logra corregir el problema, el panel puede imponer una
multa que puede ascender a los US $ 10 millones. En el improbable evento
de que se imponga una multa, la multa sera exigible a traves de los tribunales
de justicia locales,
Beneficios
del Acuerdo
El
Acuerdo ayudará a despertar la conciencia pública sobre los
temas laborales y atraera la atención de los medios de comunicacion
a los problemas laborales. Canadienses y chilenos tendran un mecanismo
para generar opinión sobre prácticas laborales en ambos países
y para asegurar que ellos apliquen efectivamente sus leyes laborales.
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